Centro de ayuda
Beneficios
Qué paga la póliza, qué servicio incluye, qué se puede añadir y qué queda fuera.
EN ESTA CATEGORÍA
ASESOR Y CLIENTE
¿Qué cubre el beneficio por fallecimiento?
El cien por ciento de la Suma Asegurada que consta en el Certificado de Cobertura, en un solo pago y en dólares, a los Beneficiarios designados, siempre que la causa de muerte no se encuentre excluida.
Del monto se descuentan las primas vencidas e impagas a la fecha del fallecimiento y los cargos administrativos. Se suma cualquier beneficio pagadero bajo las Enmiendas vigentes. La parte de prima correspondiente a un período posterior al mes póliza del fallecimiento se incluye en el pago.
El beneficio se paga a los Beneficiarios designados en la Póliza, con independencia del testamento o de las relaciones de parentesco. La Compañía no responde por comisiones que cobre el banco receptor por cambio de moneda o recepción de transferencias.
ASESOR Y CLIENTE
¿Cómo funciona la asistencia funeraria?
Es un servicio incluido, no un reembolso ni una suma de dinero. Al fallecer el asegurado, la Compañía coordina y asume los servicios funerarios a través de una funeraria en convenio, dentro de los costos usuales, razonables y acostumbrados de la zona.
Comprende
Tiene un período de carencia de treinta días desde la Fecha de Efectividad, y se activa únicamente si el asegurado no mantiene el mismo beneficio bajo otra póliza. Prestarlo no reduce el beneficio por fallecimiento.
Debe coordinarse directamente con la Compañía. Si la familia contrata una funeraria fuera de convenio, se entiende que renuncia a este beneficio, sin que ello afecte el beneficio por fallecimiento.
ASESOR Y CLIENTE
¿Qué es el anexo de muerte accidental y desmembramiento?
Un beneficio opcional que se contrata mediante Enmienda, con prima adicional, y cuya suma asegurada es independiente de la de la Póliza.
Si el fallecimiento es accidental, los beneficiarios reciben la Suma Asegurada de vida más la suma AD&D: el anexo no reemplaza nada, se suma. Si en lugar de fallecimiento se produce una pérdida de las enumeradas en la tabla del anexo, se paga el porcentaje correspondiente al propio asegurado, mientras vive.
TRES REGLAS QUE CONVIENE EXPLICAR ANTES DE CONTRATARLO
ASESOR Y CLIENTE
¿Qué no cubre la póliza?
La Compañía no paga el beneficio cuando la muerte resulta de fraude o declaración falsa material en la Solicitud; guerra o acto de guerra; insurrección, rebelión, disturbio o acto terrorista; eventos nucleares, biológicos o químicos; servicio militar activo en combate o pertenencia a fuerzas armadas o policiales; lesiones autoinfligidas y suicidio dentro de los primeros doce meses; actividad ilegal o criminal; condiciones adictivas, abuso de alcohol o drogas, o encontrarse bajo su influencia al momento del evento; y aviación privada no declarada ni aprobada.
ASESOR Y CLIENTE
La exclusión de actividad ilegal no aplica al asegurado que no tenga relación directa ni esté asociado con ella ni con las personas involucradas. Una víctima circunstancial no pierde el beneficio.
Las exclusiones de servicio militar y de actividad ilegal no anulan el beneficio por completo: en esos casos la responsabilidad se limita a la devolución de las primas pagadas, sin intereses y menos los cargos administrativos.
Viajar como pasajero de pago en un vuelo comercial programado o en un chárter de aerolínea licenciada no es aviación privada y está cubierto.
No encuentras la respuesta.
Escríbenos a suscripción antes de presentar la solicitud. Resolvemos en menos de 48 horas.
Material informativo. No modifica los términos de la póliza; en caso de discrepancia prevalecen las Condiciones de Cobertura y el Certificado de Cobertura.
El plan
Beneficios
Elegibilidad
Soporte
EVERLEGACY es emitido por EVER® Insurance Ltd. La póliza que provee cobertura y la aseguradora que la emite no han sido aprobadas por la Oficina de Regulación de Seguros de Florida. Ninguna cobertura emitida por esta aseguradora está protegida por ningún fondo de garantía o insolvencia. Esta página es material informativo para asesores y no constituye el contrato: los términos, condiciones, limitaciones y exclusiones aplicables son los de las Condiciones de Cobertura y el Certificado de Cobertura.
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Del monto se descuentan las primas vencidas e impagas a la fecha del fallecimiento y los cargos administrativos. Se suma cualquier beneficio pagadero bajo las Enmiendas vigentes. La parte de prima correspondiente a un período posterior al mes póliza del fallecimiento se incluye en el pago.
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Si el fallecimiento es accidental, los beneficiarios reciben la Suma Asegurada de vida más la suma AD&D: el anexo no reemplaza nada, se suma. Si en lugar de fallecimiento se produce una pérdida de las enumeradas en la tabla del anexo, se paga el porcentaje correspondiente al propio asegurado, mientras vive.
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La Compañía no paga el beneficio cuando la muerte resulta de fraude o declaración falsa material en la Solicitud; guerra o acto de guerra; insurrección, rebelión, disturbio o acto terrorista; eventos nucleares, biológicos o químicos; servicio militar activo en combate o pertenencia a fuerzas armadas o policiales; lesiones autoinfligidas y suicidio dentro de los primeros doce meses; actividad ilegal o criminal; condiciones adictivas, abuso de alcohol o drogas, o encontrarse bajo su influencia al momento del evento; y aviación privada no declarada ni aprobada.
La exclusión de actividad ilegal no aplica al asegurado que no tenga relación directa ni esté asociado con ella ni con las personas involucradas. Una víctima circunstancial no pierde el beneficio.
Las exclusiones de servicio militar y de actividad ilegal no anulan el beneficio por completo: en esos casos la responsabilidad se limita a la devolución de las primas pagadas, sin intereses y menos los cargos administrativos.
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