Centro de ayuda

Pagos y administración

Cómo se paga, qué pasa si no se paga, y cómo se cambian las cosas que se pueden cambiar.

EN ESTA CATEGORÍA

ASESOR Y CLIENTE

¿Qué formas de pago se aceptan?

Cheque, transferencia bancaria, Zelle, tarjeta de crédito y débito automático desde cuenta en banco estadounidense. Las primas se pagan por adelantado, en la Fecha de Vencimiento y según el modo elegido: anual, semestral, trimestral o mensual.

No se acepta efectivo. Si un cheque u otro instrumento no es honrado al presentarse, la prima queda impaga. El pago debe ser recibido por la Compañía y el titular debe haber recibido un recibo oficial para que se considere pagado: un pago hecho al agente no es un pago a la Compañía.

Los modos fraccionados pueden estar sujetos a cargos de financiamiento. El cambio de modo de pago se hace únicamente en la Fecha de Aniversario

ASESOR Y CLIENTE

El titular firma la autorización de débito en la sección de información de pago de la Solicitud, indicando la tarjeta o la cuenta bancaria.

​

Con esa firma autoriza a la Compañía a debitar las primas de forma automática, y entiende que si la cobertura cambia, el monto también puede cambiar. Si el débito es rechazado por cualquier razón, la responsabilidad de pagar a tiempo vuelve al titular.

​

Los avisos de pago se emiten por cortesía y la Compañía no garantiza su entrega. Si el titular no recibió el aviso treinta días antes del vencimiento y desconoce el monto, debe contactar a la Compañía o a su agente.

ASESOR Y CLIENTE

¿Qué pasa si no se paga una prima?

Día 31

Período de gracia desde cada Fecha de Vencimiento. La cobertura sigue vigente.

Día 32

La Póliza caduca con efecto retroactivo a la Fecha de Vencimiento original.

Durante el período de gracia, si el asegurado fallece, la Compañía paga el beneficio menos la prima adeudada.

Es la razón para revisar el recibo de pago: ahí figura la próxima fecha de vencimiento y el último día del período de gracia.

ASESOR Y CLIENTE

¿Cómo se cambia de beneficiario?

Mientras el asegurado viva y la Póliza esté vigente, el Asegurado Titular puede cambiar beneficiarios en cualquier momento, por escrito y en el formulario aprobado por la Compañía.

​

El cambio surte efecto en la fecha en que se firmó la solicitud, una vez registrado, y se refleja en un nuevo Certificado de Cobertura. Cualquier pago hecho por la Compañía antes de registrar el cambio no se ve afectado.

VERIFICA CON ANTERIORIDAD

Si hay un Beneficiario Irrevocable, su designación no puede modificarse sin su consentimiento expreso y por escrito.

​

Si hay una cesión registrada, el cambio queda sujeto a los derechos del cesionario.

Si algún beneficiario es menor de edad, se requerirá poder notarial o designación de tutor legal al momento del pago.

ASESOR Y CLIENTE

¿Se puede reinstalar una póliza caducada?

Sí, dentro de los cinco años siguientes a la fecha de caducidad, y siempre que la Póliza no haya sido cancelada voluntariamente por el titular.

​

Hacen falta cinco cosas: la Solicitud de Reinstalación completa; Evidencia de Asegurabilidad que acredite que el asegurado sigue siendo asegurable sobre la misma base original; el pago de todas las primas vencidas con sus intereses; cualquier información adicional que la Compañía requiera; y que el asegurado esté con vida tanto al solicitar como en la fecha de la reinstalación.

ANTES DE FIRMAR

Desde la fecha de aprobación, los plazos de impugnación y de la cláusula de suicidio se computan de nuevo. La Póliza vuelve a ser impugnable durante dos años y el suicidio vuelve a estar limitado durante doce meses, aunque la póliza original llevara años vigente.

No encuentras la respuesta.

Escríbenos a suscripción antes de presentar la solicitud. Resolvemos en menos de 48 horas.

Material informativo. No modifica los términos de la póliza; en caso de discrepancia prevalecen las Condiciones de Cobertura y el Certificado de Cobertura.

El plan

Beneficios

Elegibilidad

EVERLEGACY es emitido por EVER® Insurance Ltd. La póliza que provee cobertura y la aseguradora que la emite no han sido aprobadas por la Oficina de Regulación de Seguros de Florida. Ninguna cobertura emitida por esta aseguradora está protegida por ningún fondo de garantía o insolvencia. Esta página es material informativo para asesores y no constituye el contrato: los términos, condiciones, limitaciones y exclusiones aplicables son los de las Condiciones de Cobertura y el Certificado de Cobertura.

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AGENTE Y CLIENTE

¿Qué formas de pago se aceptan?

Cheque, transferencia bancaria, Zelle, tarjeta de crédito y débito automático desde cuenta en banco estadounidense. Las primas se pagan por adelantado, en la Fecha de Vencimiento y según el modo elegido: anual, semestral, trimestral o mensual.

No se acepta efectivo. Si un cheque u otro instrumento no es honrado al presentarse, la prima queda impaga. El pago debe ser recibido por la Compañía y el titular debe haber recibido un recibo oficial para que se considere pagado: un pago hecho al agente no es un pago a la Compañía.

Los modos fraccionados pueden estar sujetos a cargos de financiamiento. El cambio de modo de pago se hace únicamente en la Fecha de Aniversario

AGENTE Y CLIENTE

¿Cómo se activa el cobro recurrente?

El titular firma la autorización de débito en la sección de información de pago de la Solicitud, indicando la tarjeta o la cuenta bancaria.

​

Con esa firma autoriza a la Compañía a debitar las primas de forma automática, y entiende que si la cobertura cambia, el monto también puede cambiar. Si el débito es rechazado por cualquier razón, la responsabilidad de pagar a tiempo vuelve al titular.

​

Los avisos de pago se emiten por cortesía y la Compañía no garantiza su entrega. Si el titular no recibió el aviso treinta días antes del vencimiento y desconoce el monto, debe contactar a la Compañía o a su agente.

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¿Qué pasa si no se paga una prima?

Día 31

Día 31

Día 31

Período de gracia desde cada Fecha de Vencimiento. La cobertura sigue vigente.

Día 32

La Póliza caduca con efecto retroactivo a la Fecha de Vencimiento original.

Durante el período de gracia, si el asegurado fallece, la Compañía paga el beneficio menos la prima adeudada.

Es la razón para revisar el recibo de pago: ahí figura la próxima fecha de vencimiento y el último día del período de gracia.

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¿Cómo se cambia de beneficiario?

Mientras el asegurado viva y la Póliza esté vigente, el Asegurado Titular puede cambiar beneficiarios en cualquier momento, por escrito y en el formulario aprobado por la Compañía.

​

El cambio surte efecto en la fecha en que se firmó la solicitud, una vez registrado, y se refleja en un nuevo Certificado de Cobertura. Cualquier pago hecho por la Compañía antes de registrar el cambio no se ve afectado.

Si hay un Beneficiario Irrevocable, su designación no puede modificarse sin su consentimiento expreso y por escrito.

​

Si hay una cesión registrada, el cambio queda sujeto a los derechos del cesionario.

Si algún beneficiario es menor de edad, se requerirá poder notarial o designación de tutor legal al momento del pago.

AGENTE Y CLIENTE

¿Se puede reinstalar una póliza caducada?

Sí, dentro de los cinco años siguientes a la fecha de caducidad, y siempre que la Póliza no haya sido cancelada voluntariamente por el titular.

​

Hacen falta cinco cosas: la Solicitud de Reinstalación completa; Evidencia de Asegurabilidad que acredite que el asegurado sigue siendo asegurable sobre la misma base original; el pago de todas las primas vencidas con sus intereses; cualquier información adicional que la Compañía requiera; y que el asegurado esté con vida tanto al solicitar como en la fecha de la reinstalación.

ANTES DE FIRMAR

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Desde la fecha de aprobación, los plazos de impugnación y de la cláusula de suicidio se computan de nuevo. La Póliza vuelve a ser impugnable durante dos años y el suicidio vuelve a estar limitado durante doce meses, aunque la póliza original llevara años vigente.

Material informativo. No modifica los términos de la póliza; en caso de discrepancia prevalecen las Condiciones de Cobertura y el Certificado de Cobertura.

EVERLEGACY es emitido por EVER® Insurance Ltd. La póliza que provee cobertura y la aseguradora que la emite no han sido aprobadas por la Oficina de Regulación de Seguros de Florida. Ninguna cobertura emitida por esta aseguradora está protegida por ningún fondo de garantía o insolvencia. Esta página es material informativo para asesores y no constituye el contrato: los términos, condiciones, limitaciones y exclusiones aplicables son los de las Condiciones de Cobertura y el Certificado de Cobertura.

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